
Abierto el plazo para pedir la BONIFICACIÓN DEL IBI
En Sevilla capital el plazo es hasta el 1 de marzo, y en otros pueblos y ciudades de la provincia, hasta el 31 de enero.
Iremos informando de la situación en los pueblos más importantes de la provincia.
En Sevilla capital: TODAS LAS FAMILIAS NUMEROSAS TIENEN DERECHO A LA BONIFICACIÓN DEL IBI según este cuadro:
Documentos a aportar SEVILLA CAPITAL:
SOLICITUD SEVILLA CAPITAL (para entregar en el Distrito o a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento en este enlace: https://sede.sevilla.org/oficina/tramites/acceso.do?entity=1093&proc=SGE_01&alta=certificado&nombreProc=ATSe%20Solicitud%20Bonificacion%20familia%20Numerosa).
La presentación de la solicitud supone que se permite la consulta de los datos del Título de familia numerosa y a Hacienda y no es necesario aportar esta documentación (el Art. 16, punto 12 de la Ordenanza Fiscal del Ayto. de Sevilla así lo recoge), pero según el funcionario, a veces lo piden . En caso de no permitir la consulta, hay que presentar el título (o carnets de toda la familia) y la última declaración del IRPF (esto último no lo entendemos puesto que no se va a tener en cuenta la renta para conceder la bonificación). ACONSEJAMOS PRESENTAR EL TÍTULO (RESOLUCIÓN EN PAPEL) O LOS CARNETS PORQUE SE HAN DADO CASOS EN LOS QUE LA BASE DE DATOS DONDE CONSULTAN ESTE DOCUMENTO A VECES NO ESTÁ ACTUALIZADA.
Todos los que hayáis renovado o modificado el título de familia numerosa en el 2024, debéis presentar la solicitud de nuevo.
Y PARA LOS PUEBLOS: MODELO DIPUTACIÓN PROVINCIAL para hacerlo online a través de la Diputación Provincial de Sevilla en este enlace https://tinyurl.com/27fnzucu .
Etiquetas: bonificaciones, IBI